La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum, anunció ayer que en el 2025 se comenzará a discutir la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas laborales, como parte de una serie de reformas en pro de los trabajadores mexicanos, en la que también se incluye el aumento al salario mínimo, acuerdo que será anunciado hoy por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami).
Al respecto, la mandataria dijo en su conferencia «La Mañanera del Pueblo» lo siguiente: Mañana esperamos presentar, que se llegue a un acuerdo, salarios mínimos; todavía hoy tienen algunas reuniones, Y el próximo año empezaríamos ya a discutir la semana de 40 horas en un proceso gradual y por sectores».
Estas reformas fueron propuestas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador hace ya casi un año, el 5 de febrero de 2024 cuando se conmemoró el aniversario de la Constitución. Como parte de estas reformas se encuentran:
- Aumento al salario mínimo, de acuerdo con la inflación
- Reforma al sistema de pensiones y Afores
- Reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas.
¿Qué dice la reforma para reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas?
Sobre la reforma laboral de 48 a 40 horas, los empleados mexicanos tienen gran expectativa debido a que debido a que con la reforma el horario de trabajo bajaría de seis días de trabajo con 8 horas diarias a sólo cinco días con 8 horas diarias, en la búsqueda de que se mejoren los descansos y a su vez, la calidad de vida.
«Entre los obreros, jornales, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo: por cada cinco días de trabajo deberá disfrutar el operario de dos días de descanso, cuando menos», dice la reforma que reducirá de 48 a 40 horas laborales la jornada de los trabajadores en el Artículo 123 de la Constitución.
Jornada laboral de 40 horas: ¿menos horas de trabajo, menos salario?
Sin embargo, con la modificación al Artículo 123 Constitucional también han surgido las dudas de si los patrones pueden reducir el salario, a la par de las horas laborales. La respuesta es NO, es ilegal reducir el sueldo de los trabajadores de acuerdo con la fracción IV del artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo.
En dicho artículo se específica que en caso de «reducir el patrón el salario del trabajado» se indemnizará al trabajador como un despido injustificado, ya que «son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador».
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