El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) con el carácter de autoridad fiscal y con las atribuciones y facultades ejecutivas para hacer el cobro de impuestos a las y los mexicanos, empresas con sede en la república o instituciones financieras.
La idea de pagar impuestos es que el contribuyente realice un tributo calculado sobre una parte del producto o servicio que recibe y que dicha remuneración sea dirigida al Estado donde se realiza el cobro del mismo; posteriormente, el este recurso se dirige a mejorar algún servicio público (seguridad, infraestructura, salud, educación, etcétera).
Qué impuestos puede cobrarte el SAT en 2024
Los impuestos que puede cobrarte el SAT varían de acuerdo al tipo de régimen fiscal al que pertenezcas; además, existen tributos de carácter universal que, con el simple hecho de adquirir un producto o servicio, se cobran.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA)
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
- Impuesto Sobre la Renta (ISR)
- Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
- Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU)
- Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)
IVA. Este impuesto se impone a productos o servicios no esenciales. Si compras algún artículo electrónico, comida no subsidiados, boletos para algún espectáculo, servicio de telecomunicaciones, streaming, etc. El IVA en México es del 15% sobre el costo original de dicho bien o servicio.
IEPS. Este es un gravamen especial para algunos productos de consumo cotidiano como la importación o exportación de combustibles, alcohol, cerveza, tabaco, confitería, refrescos o bebidas edulcoradas, derivados del cacao y otros más.
ISR. Se trata de la contribución que grava los ingresos de las personas físicas o morales residentes en el país, así como de las personas residentes en el extranjero por los ingresos atribuibles a sus establecimientos permanentes ubicados en territorio nacional o aquellos que proceden de fuente de riqueza ubicada en el país.
ISAN. Éste es un 2.5% más a vehículos con un valor superior a los 250 mil pesos; aumenta a 3% si el costo es de los 300 mil a los 350 mil; pero si rebasa esa cantidad, sube al 3.3% del valor total.
IETU. Este impuesto se implementó en 2008 y se aplica a los depósitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de 15 mil pesos.
IDE. Se trata de un impuesto del 2% que se aplica al importe excedente de 25 mil pesos en los depósitos en efectivo realizados en las instituciones del sistema financiero, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos en el mes.
Finalmente, se recuerda que estos no son los únicos cobros de impuestos que suelen pagar las personas, pues aún existen los impuestos estatales, como el cobro por la tenencia vehícular, el servicio de agua potable, las cuotas del Registro Civil, o los impuestos calculados sobre nóminas; sin embargo, la responsabilidad de estos cobros no son responsabilidad directa del SAT, aunque sí puede auditar a entidades federativas.
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