julio 27, 2024
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Política

Pensiones en México: diferencias entre el sistema de 1973 y el de 1997


La semana pasada, el Presidente Andrés Manuel López Obrador confirmó que enviará un paquete de reformas, que además será el último de su administración, para realizar cambios en el Artículo 123 Constitucional, el cual básicamente habla sobre los derechos de los trabajadores en México.

La reforma que AMLO busca realizar abarca tres aspectos para los trabajadores:

1. La reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas por semana.

2. El aumento al salario mínimo por encima de la inflación.

3. Reforma al sistema de pensiones para jubilación.

¿Ley del 73 o del 97?

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Con la propuesta de reformas al Artículo 123 Constitucional, es importante que conozcas a cuál sistema perteneces y qué puedes esperar en tu jubilación y a cuál sistema perteneces. Hasta ahora, hay dos: la Ley de 1973 del IMSS y el sistema de Afores, producto de la reforma de 1997.

Régimen de pensiones de 1973, el que los abuelos gozan

A lo que AMLO se refiere con su reforma es que durante el régimen de jubilaciones de 1973 se contempla un mínimo de 500 semanas de cotización para obtener una pensión de vejez vitalicia, que se calcula a través del promedio del salario de los últimos cinco años de cotización y se paga directamente por el IMSS o ISSSTE. Si te diste de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, tu régimen es la Ley 73. 

Reforma a pensiones de 1997, tu Afore, tu responsabilidad

Sin embargo, con la reforma de la pensiones realizada durante el gobierno de Zedillo, también llamada de 1997, las pensiones ya no son pagadas por el Estado sino que exige tener al menos 800 semanas cotizadas en 2023 para recibir el monto ahorrado por el propio trabajador durante la vida laboral. Es decir, el trabajador es responsable de su propio ahorro a través de las Afore y perteneces a este régimen si si te registraste a partir del 1 de julio de 1997.

Así puedes revisar tu número de semanas cotizadas

¿Cómo puedo jubilarme si ya tengo 60 años?

Si perteneces a la ley del 73, hay dos formas en que un mexicano puede jubilarse, una es por cesantía cuando tu edad sea entre 60 y 64 años; o por vejez, a partir de que hayas cumplido 65 años siempre y cuando tengas 500 semanas cotizadas. Para realizar este trámite necesitas:

* Identificación oficial

* Estado de cuenta de tu Afore

* Estado de cuenta de tu banco con CLABE

* Resolución de pensión proporcionada por el IMSS

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Si eres de la Ley del 97 puedes jubilarte a través de dos modalidades: renta vitalicia o retiro programado. En el caso de la renta vitalicia el monto de tu pensión dependerá del monto acumulado en tu cuenta Afore, actualizándose anualmente de acuerdo con la inflación, de esta manera se garantiza el pago de una pensión predeterminada de por vida; mientras que en el caso del retiro programado es una pensión que contrata con la Afore que hayas elegido y depende de lo que hayas acumulado en tu cuenta Afore, de los rendimientos que se obtengan y la esperanza de vida que te hayan calculado. Esta pensión la recibirás hasta que se agoten los recursos de tu cuenta.

Para realizar este trámite necesitas:

* Contar con 800 semanas cotizadas

* Tener 60 años cumplidos

* Tener actualizado tu Expediente de Identificación.

 

 

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